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viernes, 17 de enero de 2014cermi.es semanal Nº 107

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Opinión

Las universidades, reflejo de la discapacidad

14/01/2014

El CERMI publicó en el año 2010 una guía para la elaboración de un plan de atención al alumnado con discapacidad en la universidad como respuesta a la Disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (LOMLOU). En esta Ley se establece que aquellas actuaciones que afecten a los estudiantes con discapacidad deben concretarse en un plan un año después de la entrada en vigor de dicha Ley. 
 
En esta guía, el CERMI propone que este plan que deben tener las universidades españolas incluya un sistema de indicadores para realizar el control y evaluación de sus resultados. Con el fin de contribuir a la consecución de este objetivo, se ha llevado a cabo el estudio Sistema de indicadores sobre el apoyo a los estudiantes con discapacidad en las universidades españolas, publicado en el número nº 363 de la Revista de Educación (Ferreira, C., Vieira, M. J. y Vidal, J., 2014).  En este estudio se propone una herramienta que facilite el seguimiento y aseguramiento de la atención de los estudiantes con discapacidad por parte de estas instituciones. 
 
Esta propuesta incluye cuarenta indicadores justificados por su consideración en la normativa española, que abarcan las áreas de actuación relacionadas con los diferentes ámbitos de la vida académica universitaria: marco institucional, acceso, participación, información y orientación, adaptaciones, accesibilidad, recursos y resultados. Como ejemplo de indicadores se encuentran: la reserva de plazas disponibles, el asesoramiento psicológico y en materia de salud, la ampliación del régimen de convocatorias, la accesibilidad en información y comunicación, la participación en programas de movilidad nacional e internacional, y la exención del pago de los precios públicos por prestación de servicios académicos a los estudiantes con discapacidad.
 
Tal y como se afirma en el documento propuesto por el CERMI, con estos indicadores habría que poder determinar el grado de inclusión del alumnado con discapacidad en la universidad y su evolución. Además, aunque la normativa española exige a las universidades múltiples medidas contra la discriminación y de acción positiva para los estudiantes con discapacidad, no existe un registro o control sistemático de que éstas se apliquen. Por ello, el sistema de indicadores facilita una visión conjunta de las obligaciones de las universidades, respetando la necesaria diversidad de actuación.
 
Sería recomendable la publicación de algunos de estos indicadores por parte de las universidades, ya que contribuirá a que los estudiantes con discapacidad dispongan de una información adicional importante para la elección de la universidad donde realizar sus estudios, especificando algunos de los aspectos que más importancia pueden tener para ellos. Por este motivo, se anima a que las universidades españolas lo utilicen como instrumento para comprobar el grado de aplicación de la legislación vigente, sirviendo asimismo de soporte y referencia para comprobar el alcance de los objetivos planteados en sus planes de atención al alumnado con discapacidad, su seguimiento y evaluación, y como herramienta de orientación, referencia y ayuda en el apoyo a estos alumnos en su paso por la universidad. 
 
Camino Ferreira, María J. Vieira y Javier Vidal
Universidad de León
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